Tema 08: Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud

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08T13. Representación, Participación y Negociación Colectiva

08T1305. Exclusiones de la negociación y resolución de falta de acuerdo

Exclusiones de la negociación y resolución de falta de acuerdo

1. Materias excluidas de la negociación obligatoria

Existen ámbitos de decisión reservados a la Administración que no requieren ser pactados con los sindicatos. Quedan excluidas de la obligatoriedad de negociación las decisiones que afecten a:

  • Las potestades de organización de la Administración Pública o del servicio de salud.
  • El ejercicio de derechos por parte de los ciudadanos.
  • El procedimiento de formación de los actos y disposiciones administrativas.

2. El Deber de Consulta

  • Excepción por repercusión: Aunque las potestades de organización están excluidas de la negociación, si las decisiones tomadas en este ámbito tienen repercusión sobre las condiciones de trabajo del personal estatutario, la Administración está obligada a realizar una consulta a las organizaciones sindicales presentes en la mesa sectorial de negociación.

3. Resolución ante la falta de acuerdo o aprobación

En el sistema de negociación colectiva del Estatuto Marco, la última palabra la ostenta el poder ejecutivo cuando la vía de la negociación falla. Corresponderá al Gobierno (ámbito estatal) o a los Consejos de Gobierno de las comunidades autónomas establecer unilateralmente las condiciones de trabajo en los siguientes casos:

  • Falta de consenso: Cuando no se produzca acuerdo en el proceso de negociación desarrollado en las mesas.
  • Denegación de aprobación: Cuando, habiendo alcanzado un acuerdo en la mesa, este no obtenga la aprobación expresa y formal del órgano de gobierno correspondiente (requisito indispensable para la eficacia de los Acuerdos).

Ayuda al estudio y memorización: “El Mazo del Gobierno”

Para el examen, visualiza la negociación como una conversación que puede terminar de dos formas: por las buenas (pacto/acuerdo) o por las malas (decreto).

  1. Las “Zonas Prohibidas”: La Administración tiene tres llaves que no comparte: su Organización, los Derechos de los ciudadanos y el Papeleo administrativo (actos). Son sus “potestades”.
  2. El Puente de la Consulta: Si al mover los muebles de su Organización (potestad), la Administración “te pisa un pie” (afecta condiciones de trabajo), no tiene que pedirte permiso (negociar), pero tiene que preguntarte (consultar).
  3. El Mazo Final: Si la negociación se bloquea o el “jefe de arriba” (Consejo de Gobierno) no firma el papel, se acabó la charla. El Gobierno saca el mazo y dicta la norma por su cuenta.

Mnemotecnia:

  • “Organizo, Actúo y al Ciudadano ayudo” (las 3 exclusiones).
  • “Si no hay acuerdo o firma, el Gobierno confirma” (resolución final).
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