Derechos Individuales: No Discriminación, Jubilación y Acción Social
1. Derecho a la No Discriminación
- El personal estatutario tiene derecho a no ser discriminado por las siguientes razones: nacimiento, raza, sexo, religión u opinión.
- Se incluye específicamente la protección contra la discriminación por orientación e identidad sexual, expresión de género y características sexuales.
- Este derecho se extiende a cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- [OJO/EXCEPCIÓN]: El personal también tiene el deber correlativo de no realizar discriminación alguna a los usuarios por estos mismos motivos, incluyendo la condición por la cual los usuarios accedan a los centros sanitarios.
2. Derecho a la Jubilación
La jubilación es una de las causas de extinción de la condición de personal estatutario fijo. Se clasifica en forzosa y voluntaria:
A) Jubilación Forzosa
- Se declara obligatoriamente al cumplir los 65 años de edad.
B) Prolongación de la Permanencia en Servicio Activo
- El interesado puede solicitar voluntariamente seguir trabajando hasta los 70 años como máximo.
- Requisitos para la autorización:
- Acreditar la capacidad funcional necesaria para el puesto.
- Autorización del servicio de salud correspondiente.
- Supeditación a las necesidades de la organización según los planes de ordenación de recursos humanos.
C) Prórroga en el Servicio Activo por Cotización
- Se concede a instancia del interesado si, al llegar a la edad de jubilación forzosa, le faltan seis años o menos de cotización para causar la pensión de jubilación.
- Límite: La prórroga finaliza el día en que el interesado complete el tiempo de cotización necesario para la pensión, con independencia del importe de la misma.
- Condición: Debe quedar acreditada la capacidad funcional necesaria para el desempeño.
D) Jubilación Voluntaria
- Puede ser total o parcial.
- Requisito: Reunir las condiciones establecidas en la legislación de la Seguridad Social.
3. Derecho a la Acción Social
- El personal tiene derecho a la acción social en los términos y ámbitos subjetivos que se determinen en las normas, acuerdos o convenios aplicables.
- Este derecho es una de las materias de negociación obligatoria en las mesas de negociación entre la Administración y las organizaciones sindicales.
Ayuda al estudio y memorización: La Regla del “65-70-6”
Para no fallar ninguna pregunta de jubilación en el test, memoriza este código numérico:
- 65 (La valla): Es la edad de jubilación forzosa estándar.
- 70 (El techo): Es lo máximo que puedes estirar tu vida laboral si el servicio de salud te lo permite (prolongación voluntaria).
- 6 (El salvavidas): Si te falta cotización para cobrar la pensión, puedes pedir quedarte hasta 6 años más (prórroga), pero solo hasta que alcances el tiempo mínimo de cotización.
Metáfora de la “Mesa de Tres Patas”: Los derechos de esta lección son los que protegen la “salida” y el “bienestar” del profesional:
- La No discriminación es el escudo: nadie te ataca por quién eres.
- La Jubilación es la puerta de salida: tú decides si la cruzas a los 65 o pides permiso hasta los 70.
- La Acción social es el colchón: ayudas adicionales negociadas por los sindicatos.
