Licencia para cooperación internacional y ayuda humanitaria
1. Duración y Objeto
- Duración máxima: Hasta un límite de seis meses, en función de los programas autorizados.
- Finalidad: Participación en programas de cooperación internacional al desarrollo o de ayuda humanitaria urgente.
2. Requisitos y Procedimiento de Concesión
Para acceder a esta licencia, es obligatorio el cumplimiento de los siguientes pasos:
- Solicitud de la ONG: Debe tramitarse a través del Fondo de Cooperación y Ayuda al Desarrollo de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del SAS.
- Solicitud del interesado: Presentada a través de su Centro de trabajo o directamente ante la Dirección General competente en materia de personal.
- Informes preceptivos y favorables:
- Informe del Fondo de Cooperación sobre el proyecto.
- Informe del Centro de trabajo sobre la concesión.
- Resolución final: Corresponde a la Dirección General competente en materia de personal.
- Obligación post-licencia: Al finalizar, el trabajador debe facilitar los datos más relevantes de su experiencia a la Dirección General competente en materia de personal.
3. Régimen Económico y Retribuciones
A. Licencia Retribuida
Solo cuando el programa sea promovido o subvencionado por Instituciones Públicas de la Junta de Andalucía o sea de especial trascendencia para la Dirección Gerencia del SAS.
- Cuantía: Se perciben todas las retribuciones de carácter fijo acreditadas en el puesto de origen.
- Prohibición: El trabajador no puede percibir compensación económica por la actividad desarrollada en el destino.
B. Licencia No Retribuida
En los casos no incluidos en el punto anterior.
- Garantías: Se mantiene la reserva del puesto y las cotizaciones a la Seguridad Social (según el régimen de permisos sin sueldo).
4. Ámbito Subjetivo (Personal)
- Personal incluido: Puede acceder el personal titular de plaza en propiedad (fijo) y el personal con vinculación de interino.
- Excepción para interinos: En el caso de personal interino, la concesión de la licencia queda estrictamente supeditada a la duración de su nombramiento.
Ayuda al estudio y memorización: “El Semestre Solidario (6-F-C-R)”
Para no fallar en el test, recuerda la cadena de mando y el tiempo:
- El Límite 6: Es el número mágico. Máximo 6 meses. Si te pasas de ahí, el Estatuto Marco suele pasar a la situación de “Servicios Especiales”, pero la licencia como tal muere a los 6 meses.
- La Triple Llave (F-C-R): Necesitas tres llaves para abrir esta puerta:
- Fondo de Cooperación (Informe).
- Centro de origen (Informe).
- Resolución de la Dirección General de Personal.
- ¿Quién paga?: Solo cobras si la Junta de Andalucía está metida en el proyecto. Si vas con una ONG privada sin subvención de la Junta, mantienes tu plaza (reserva) y tu jubilación (cotización), pero el SAS no te ingresa la nómina.
Pregunta trampa: El personal interino sí puede pedirla, pero si su contrato acaba antes de que terminen los 6 meses de cooperación, su licencia se extingue automáticamente con el contrato.
