Graduación, prescripción y cancelación de las sanciones
1. Graduación de las Sanciones
La determinación de la sanción específica se realiza siguiendo criterios de proporcionalidad y valorando los siguientes elementos:
- Grado de intencionalidad, descuido o negligencia revelado en la conducta.
- Daño al interés público, el cual debe cuantificarse en términos económicos siempre que sea posible.
- Existencia de reiteración o reincidencia.
2. Prescripción de las Sanciones
El plazo de prescripción es el tiempo que tiene la Administración para ejecutar una sanción ya impuesta antes de que pierda su eficacia:
- Sanciones por faltas muy graves: Cuatro años.
- Sanciones por faltas graves: Dos años.
- Sanciones por faltas leves: Seis meses.
Cómputo y plazos críticos
- Inicio del cómputo: Comienza desde la firmeza de la resolución sancionadora o desde que se quebrante el cumplimiento si la ejecución ya había comenzado.
- Interrupción: Se interrumpe al iniciarse el procedimiento de ejecución con conocimiento del interesado.
- Reanudación del plazo: El plazo vuelve a correr si el procedimiento de ejecución se paraliza durante más de seis meses por causa no imputable al interesado.
3. Anotación y Cancelación
Todas las sanciones disciplinarias firmes deben ser anotadas en el expediente personal del personal estatutario. La cancelación de estas anotaciones se realiza de oficio tras los siguientes periodos, contados desde el cumplimiento de la sanción:
- Faltas leves: Seis meses.
- Faltas graves: Dos años.
- Faltas muy graves: Cuatro años.
Efectos de la cancelación
- Prohibición de reincidencia: En ningún caso se podrán computar a efectos de reincidencia las anotaciones que hayan sido canceladas.
Ayuda al estudio y memorización: “La Simetría del 4-2-6”
Para el examen del SAS, el régimen disciplinario es un “espejo” casi perfecto. Memoriza esta estructura única y no fallarás ninguna pregunta de plazos:
- La Triple Alianza (4-2-6): Los plazos son idénticos para tres conceptos distintos:
- Prescripción de la Falta (cuánto tiempo tienen para pillarte).
- Prescripción de la Sanción (cuánto tiempo tienen para ejecutar el castigo).
- Cancelación de la anotación (cuánto tiempo tarda en limpiarse tu expediente).
- Regla: Muy Grave = 4 años / Grave = 2 años / Leve = 6 meses.
- La Trampa del Instructor Dormido (3 vs 6): Este es el detalle donde el tribunal busca el fallo:
- Si se para el papeleo para ponerte la multa (prescripción de falta): El reloj vuelve a correr a los 3 meses.
- Si se para el papeleo para ejecutar la multa ya puesta (prescripción de sanción): El reloj vuelve a correr a los 6 meses.
Mnemotecnia: “Para la falta, el susto dura 3; para la sanción, el plazo es el doble: 6”. (Asocia el 3 al inicio del lío y el 6 al final del proceso).
