Tema 08: Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud

0 de 122 lecciones completas (0%)

08T08. Vacaciones, Fiestas y Permisos

08T0811. Permiso del progenitor diferente de la madre biológica.

Permiso del progenitor diferente de la madre biológica

1. Duración y Periodo Obligatorio

  • Duración general: El permiso tiene una duración de 16 semanas.
  • Bloque obligatorio: Seis semanas deben disfrutarse de forma ininterrumpida, a jornada completa e inmediatamente después del hecho causante (nacimiento, resolución judicial de adopción o decisión administrativa de guarda/acogimiento).
  • Ampliación por discapacidad o parto múltiple: Se ampliará en dos semanas más (una semana para cada progenitor).

2. Disfrute Interrumpido y Flexibilidad

  • Plazo para el resto del permiso: Transcurridas las 6 semanas obligatorias, las 10 semanas restantes pueden disfrutarse de manera interrumpida dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento o resolución.
  • Unidad de disfrute: El periodo fraccionado debe realizarse siempre por semanas completas.
  • Preaviso: Se requiere avisar con una antelación mínima de 15 días para cada período de disfrute fraccionado.
  • Tipo de jornada: Puede disfrutarse a jornada completa o a tiempo parcial, supeditado a las necesidades del servicio.
  • Excepción por lactancia: Si el progenitor que disfruta del permiso por nacimiento ha acumulado la lactancia en jornadas completas, las 10 semanas restantes de este permiso comenzarán a contarse al finalizar dicha acumulación de lactancia.

3. Permiso Adicional Retribuido (SAS)

  • Cuantía: Una vez agotadas las 16 semanas (o las ampliadas), el personal tiene derecho a cuatro semanas adicionales.
  • Modalidad: Estas 4 semanas se pueden disfrutar de forma interrumpida, pero siempre en semanas completas.
  • Carácter: Es un permiso intransferible.

4. Casos de Hospitalización y Fallecimiento

  • Hospitalización del neonato: En partos prematuros u hospitalización por cualquier causa tras el parto, el permiso se ampliará en tantos días como el neonato esté ingresado.
  • Límite de ampliación: El máximo de días adicionales por hospitalización es de 13 semanas.
  • Fallecimiento del hijo/a: La duración del permiso no se reduce.
  • Reincorporación voluntaria: Solo tras finalizar las seis semanas obligatorias, el progenitor podrá solicitar voluntariamente la reincorporación al puesto.

5. Garantías Comunes

  • Cómputo: Todo el tiempo de permiso se considera servicio efectivo a todos los efectos.
  • Derechos económicos: Se garantiza la plenitud de derechos económicos durante todo el periodo y periodos posteriores si el concepto retributivo depende del disfrute del permiso.
  • Formación: Se puede participar en cursos de formación de la Administración una vez transcurridas las 6 primeras semanas obligatorias.
  • Retorno: Derecho a reintegrarse en condiciones no menos favorables y a beneficiarse de cualquier mejora producida durante su ausencia.

Ayuda al estudio y memorización: “La Regla de los 15 días y las 10 semanas”

Para el examen, diferencia bien este permiso del de la madre biológica o el de adopción mediante estos dos “semáforos”:

  1. Semáforo de Aviso (15 días): A diferencia de la adopción (que pide 1 mes de preaviso para fraccionar), el progenitor diferente de la madre biológica solo necesita 15 días. Asocia: “Como no soy la madre biológica, aviso con la mitad de tiempo (15 días)”.
  2. El Puente de la Lactancia: Si la madre acumula la lactancia (los 40 días), tú no puedes empezar tus 10 semanas libres hasta que ella termine sus días de lactancia. Es como un relevo: ella termina la lactancia acumulada y entonces tú empiezas tu resto de permiso.

Dato crítico de test: Las 6 semanas iniciales son sí o sí (obligatorias, del tirón y a jornada completa). No se pueden fraccionar ni pasar a tiempo parcial. El “juego” de la flexibilidad empieza siempre a partir de la semana 7.

Scroll al inicio