Tema 08: Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud

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08T08. Vacaciones, Fiestas y Permisos

08T0805. Permiso para exámenes prenatales y preparación al parto/adopción.

Permiso para exámenes prenatales y preparación al parto, adopción o acogimiento

1. Objeto y Sujetos del Permiso

  • Trabajadoras embarazadas: Derecho al tiempo necesario para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto.
  • Adopción, guarda o acogimiento: Derecho a asistencia para los trámites legales y técnicos en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento (tanto temporal como permanente).

2. Actividades Cubiertas en Adopción y Acogimiento

El permiso incluye el tiempo para las siguientes gestiones específicas:

  • Asistencia a las sesiones preceptivas de información y preparación.
  • Realización de los informes psicológicos y sociales necesarios y previos a la declaración de idoneidad.

3. Condiciones de Disfrute

  • Duración: El permiso se concede por el tiempo indispensable para realizar las actividades citadas.
  • Requisito de coincidencia horaria: Solo se concede cuando las pruebas o sesiones coincidan total o parcialmente con la jornada de trabajo.
  • Naturaleza económica: Es un permiso retribuido; el tiempo transcurrido se computa como de servicio efectivo a todos los efectos, garantizándose la plenitud de derechos económicos.

Ayuda al estudio y memorización: “La Regla de las Tres I”

Para no fallar ninguna pregunta de test sobre este permiso, recuerda que el SAS te da permiso para buscar a tu hijo (ya sea biológico o adoptado) basándose en las “Tres I”:

  1. I – Indispensable: No hay un número de horas fijo (como 2 o 4 horas); es el tiempo indispensable que dure la cita o el examen.
  2. I – Idoneidad: En adopción, no solo te dan permiso para “ir a por el niño”, sino para los trámites previos de psicólogo y trabajador social (el informe de idoneidad).
  3. I – In situ: El permiso solo existe si la cita coincide con tu jornada de trabajo; si tienes la analítica un martes y ese día libras, no puedes pedir que te devuelvan esas horas.

Dato de examen: Si el tribunal pregunta por el tiempo de duración, la respuesta correcta siempre será “el tiempo indispensable”, nunca un número de horas concreto.

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