Tema 08: Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud

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08T09. Permisos No Retribuidos y Licencias en el SAS

08T0903. Licencia por asuntos particulares: Duración y días adicionales por trienios.

Licencia por asuntos particulares: Duración y días adicionales por trienios

1. Requisitos y Procedimiento de Solicitud

  • Modelo: Debe presentarse mediante modelo normalizado.
  • Antelación: La solicitud requiere al menos diez días de antelación al inicio del disfrute.
  • Excepción de urgencia: El plazo de antelación puede omitirse si la solicitud responde a motivos urgentes o imprevistos.
  • Justificación: Esta licencia no necesita justificación alguna por parte del profesional.
  • Autorización: Requiere la autorización expresa del órgano competente.
  • Condición de denegación: La ausencia no debe menoscabar el normal desarrollo del trabajo; en caso de denegación, esta debe quedar suficientemente motivada por el órgano autorizante.

2. Duración Ordinaria y Cómputo

  • Días anuales: La duración es de seis días por cada año natural.
  • Equivalencia horaria: Estos seis días suponen 42 horas (conforme al incremento de jornada).
  • Personal con menos de un año (Fijo o Temporal): Tienen derecho a la parte proporcional a razón de 1 día por cada 2 meses de servicios prestados (o fracciones de 60 días).
  • Regla de redondeo: En el cálculo de la parte proporcional, las fracciones se redondean siempre al alza.
  • Período de disfrute: Se deben disfrutar dentro del año natural y hasta el 31 de enero del año siguiente.
  • Exclusiones de cómputo: No cuentan como tiempo de servicios para generar estos días los períodos de permiso sin sueldo ni los de cumplimiento de sanción de suspensión de funciones.

3. Días Adicionales por Antigüedad (Trienios)

El personal tiene derecho a días extra según los trienios cumplidos:

  • Dos días adicionales: Al cumplir el sexto trienio (18 años de servicios).
  • Un día adicional extra: Por cada trienio cumplido a partir del octavo trienio inclusive.
  • Efectividad: El disfrute es efectivo desde el mismo año de cumplimiento del trienio.
  • Consideración jurídica: Estos días adicionales computan como jornada efectivamente realizada.

4. Días Especiales: 24 y 31 de Diciembre

  • Cuantía: El personal disfruta de dos días más de licencia por estas festividades.
  • Personal en jornada ordinaria: Quienes trabajen esos días podrán disfrutarlos en otras fechas siguiendo el procedimiento de los días de libre disposición.
  • Cómputo: Tienen la consideración de trabajados a efectos de jornada ordinaria (salvo que coincidan con un descanso programado).
  • Limitación: Su disfrute no puede generar un incremento de jornada.

Ayuda al estudio y memorización: “La Regla del 6 y el Salto del 18”

Para asegurar el éxito en el examen, visualiza la vida laboral como un marcador:

  1. El 6 Base: Todos empezamos con 6 días (o 42 horas). Es el “pack básico”.
  2. El Mes de Gracia: Tienes hasta el 31 de enero del año siguiente para gastarlos. Si llega febrero y no los has usado, los pierdes.
  3. La Escalera de los Trienios:
    • Escalón 6 (18 años): Pegas un salto de +2 días.
    • Escalón 8 (24 años) en adelante: Vas sumando de 1 en 1 por cada trienio nuevo.
  4. Navidades Extra: El 24 y el 31 de diciembre son “regalos” que no restan de tus 6 días básicos.

Dato “trampa” de test: El tribunal suele preguntar por el redondeo del personal temporal. Recuerda siempre que es al alza. Si a un interino le salen 1,1 días por su tiempo trabajado, el SAS le tiene que dar 2 días.

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