Tema 08: Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud

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08T11. Situaciones del Personal Estatutario

08T1110. Reingreso al servicio activo.

Reingreso al servicio activo

1. Reingreso con Carácter General

  • Mecanismo principal: El reingreso al servicio activo será posible en cualquier servicio de salud.
  • Procedimiento: Se realizará a través de los procedimientos de movilidad voluntaria.

2. Reingreso en el Servicio de Salud de Procedencia

  • Requisito de plaza: Procederá siempre que exista una vacante.
  • Condición del nombramiento: El reingreso tendrá carácter provisional.
  • Ámbito: Se producirá en el ámbito territorial y bajo las condiciones que cada servicio de salud determine.
  • Obligación de convocatoria: La plaza desempeñada provisionalmente debe ser incluida obligatoriamente en la primera convocatoria para la movilidad voluntaria que se efectúe.

3. Recuperación de la Condición de Personal Fijo

  • Supuestos: Aplicable tras la pérdida de la condición por pérdida de nacionalidad o revisión de incapacidad (si la revisión es tras los dos años iniciales).
  • Situación administrativa: La recuperación de la condición supone la declaración simultánea en excedencia voluntaria.
  • Excepción de carencia: Para estos casos de recuperación de la condición, el reingreso al servicio activo por el Artículo 69 no exige el tiempo mínimo de permanencia en la situación de excedencia voluntaria.

4. Programas de Formación y Actualización

  • Criterio de aplicación: Queda a criterio de cada servicio de salud, institución o centro de destino cuando las circunstancias lo aconsejen.
  • Objeto del programa: Facilitar la formación complementaria o la actualización de:
    • Conocimientos.
    • Técnicas.
    • Habilidades.
    • Aptitudes necesarias para el ejercicio profesional.
  • Garantías del profesional: El seguimiento de estos programas:
    • No afectará a la situación administrativa del interesado.
    • No afectará a sus derechos económicos.

Ayuda al estudio y memorización: “El Alquiler Provisional”

Para el examen, imagina que reingresar al servicio activo sin ganar un concurso de traslados es como vivir en un “piso de alquiler provisional”:

  1. El Casero (Servicio de Origen): Solo tu antiguo servicio de salud te permite entrar “provisionalmente” si tiene un hueco (vacante).
  2. El Piso en Venta (La Plaza): Como tu estancia es provisional, el SAS está obligado a poner ese “piso” en el escaparate (primera convocatoria de movilidad voluntaria) en cuanto sea posible. No puedes quedarte ahí para siempre sin participar en el concurso.
  3. El Curso de Reciclaje (Formación): Si llevas mucho tiempo fuera, pueden pedirte que te actualices, pero nunca te quitarán dinero del sueldo por estar estudiando para ponerte al día.

Trampa de examen: El tribunal puede decir que el reingreso provisional es definitivo o que no hay obligación de sacar la plaza a concurso. FALSO. Es siempre provisional y la plaza va a la primera convocatoria que salga.

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