Movilidad voluntaria: Toma de posesión y renuncias
1. Plazos de Cese y Toma de Posesión
En los procedimientos de movilidad voluntaria que impliquen un cambio en el servicio de salud de destino (ej: del SAS a otro servicio de salud), se aplican los siguientes plazos:
- Plazo para el cese: El cese en el destino anterior debe producirse obligatoriamente dentro de los tres días siguientes a la notificación o publicación del nuevo destino adjudicado.
- Plazo de toma de posesión: Será de un mes, empezando a contar desde el día siguiente al del cese en el destino anterior.
2. Régimen de Renuncias
- Regla general: Los destinos obtenidos a través de sistemas de movilidad voluntaria tienen carácter irrenunciable.
- Excepción crítica: La única causa válida para renunciar a un destino obtenido por movilidad voluntaria es que dicha renuncia esté motivada por la obtención de otra plaza mediante la resolución de un procedimiento de movilidad voluntaria convocado por otra Administración Pública.
3. Falta de Incorporación y sus Consecuencias
Si el interesado no se incorpora al nuevo destino dentro de los plazos establecidos (o sus prórrogas legales):
- Efecto automático: Se entenderá que el trabajador solicita la excedencia voluntaria por interés particular.
- Órgano declarante: Será declarado en dicha situación de excedencia por el servicio de salud en el que prestaba servicios originalmente (origen).
- Excepción por causa justificada: No se declarará la excedencia si existen causas suficientemente justificadas para la no incorporación. En este caso:
- El servicio de salud que efectuó la convocatoria debe apreciar las causas previa audiencia del interesado.
- De aceptarse la justificación, se deja sin efecto la situación de excedencia y el interesado deberá incorporarse al destino tan pronto desaparezcan las causas que lo impidieron.
Ayuda al estudio y memorización: La Regla del “3-1-Excedencia”
Para asegurar los puntos en el examen, memoriza esta secuencia lógica del traslado:
- 3 días para soltar (Cese): Una vez que ves tu nombre en el BOJA/BOE, tienes solo 3 días para recoger tus cosas y dejar tu puesto actual.
- 1 mes para agarrar (Toma de posesión): Tienes un mes de “mudanza” para presentarte en tu nuevo hospital.
- La Trampa de la Renuncia: Solo puedes decir “no” si te han dado otra plaza en otra Administración. Si dices “no” porque sí, el sistema te expulsa a excedencia voluntaria por interés particular (pierdes el sueldo y el derecho al puesto activo).
Dato “fino” de test: Fíjate bien en quién te declara la excedencia si no te incorporas. No es el sitio nuevo al que ibas, sino el servicio de salud de origen (donde estabas trabajando antes de pedir el traslado). Es tu “antigua casa” la que te firma el papel de la excedencia.
