Tema 08: Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud

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08T09. Permisos No Retribuidos y Licencias en el SAS

08T0901. Permiso sin sueldo: Requisitos y autorización.

Permiso sin sueldo: Requisitos y autorización

1. Requisitos de la Solicitud

  • Forma: Debe presentarse mediante modelo normalizado.
  • Justificación: La solicitud debe estar convenientemente motivada para permitir la valoración de su autorización.
  • Antelación: Se debe presentar con al menos diez días de antelación a la fecha de inicio prevista.
  • Excepción de urgencia: El plazo de antelación puede omitirse si la solicitud responde a motivos urgentes o imprevistos.
  • Antigüedad mínima: El trabajador debe haber cumplido al menos un año de servicios efectivos para tener derecho a solicitarlo.
  • Documentación específica: Si se solicita para atender al cónyuge o conviviente habitual con enfermedad grave o irreversible que requiera atención continuada, es obligatorio aportar informes médicos acreditativos.

2. Autorización y Competencias

  • Carácter preceptivo: Requiere autorización expresa del órgano competente; no puede iniciarse el disfrute sin ella.
  • Plazo de resolución: El órgano competente debe concederlo dentro del mes siguiente a la solicitud.
  • Condicionamiento: Su concesión está supeditada a las necesidades del servicio, las cuales deben ser debidamente motivadas en caso de denegación.
  • Criterios de valoración: La autorización depende de la motivación alegada y de la incidencia que la ausencia represente en el Servicio o Unidad.

3. Duración del Permiso

  • Mínimo por período: El permiso se concede por períodos mínimos de siete días naturales.
  • Máximo acumulado ordinario: Hasta tres meses acumulados.
  • Límite plurianual: La duración acumulada no podrá exceder de doce meses en un período de dos años.

4. Efectos en la Seguridad Social y Antigüedad

  • Regla general: El permiso sin sueldo es causa de alta especial en el Régimen General de la Seguridad Social.
  • Caso de cuidado de cónyuge: En permisos por enfermedad grave o irreversible del cónyuge/conviviente, el período posterior a los tres primeros meses:
    • No constituye alta especial en la Seguridad Social.
    • computa como servicios efectivamente prestados exclusivamente a efectos de antigüedad.

5. Renuncia y Reincorporación

  • Antes del inicio: El trabajador puede renunciar al permiso en cualquier momento anterior a su comienzo.
  • Reincorporación anticipada: Si se desea finalizar el permiso antes de la fecha prevista una vez iniciado, se debe solicitar con al menos diez días hábiles de antelación.

Ayuda al estudio y memorización: “La regla del 10-1-7”

Para clavar las preguntas de test sobre este permiso, recuerda estos tres números clave:

  1. 10 días: Es el preaviso para entrar (solicitar) y el preaviso para salir (volver antes de tiempo). Recuerda: “Diez días antes de irme, diez días para volverme”.
  2. 1 año: Es el “peaje” de entrada. Si no llevas un año trabajando en el SAS, no puedes pedir ni un solo día sin sueldo.
  3. 7 días: Es el paquete mínimo. El SAS no te da días sueltos sin sueldo; o te vas una semana completa (natural) o nada.

Trampa de examen: Fíjate bien si el test dice “días naturales” o “hábiles”. El permiso se mide en naturales (mínimo 7), pero la reincorporación anticipada exige 10 días hábiles de aviso.

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