Tema 06: Prevención de riesgos laborales

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06T5. Organización de la PRL en el Servicio Andaluz de Salud (I): Estructura Central y Apoyo

06T506. Unidad de Coordinación de PRL del SAS: Funciones Regionales y Apoyo Técnico

Unidad de Coordinación de PRL del SAS: Funciones Regionales y Apoyo Técnico

1. Definición, Composición y Dependencia

  • Dependencia: La Unidad de Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales del SAS depende directamente de la Dirección General de Personal.
  • Composición: Está integrada por personal con certificación de Nivel Superior en PRL o por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada para la vigilancia y control de la salud.
  • Marco Legal: Sus funciones emanan del artículo 4 de la Orden de 11 de marzo de 2004 y del artículo 31 de la Ley 31/1995.

2. Funciones de Coordinación Regional (Orden 11/03/2004)

En el ámbito de los centros asistenciales, la Unidad ejerce las siguientes funciones de alcance autonómico:

  • Mapa de riesgos: Conocer e informar sobre el mapa de riesgos del ámbito de la Comunidad Autónoma.
  • Planes y formación: Intervenir en la elaboración de planes y programas de prevención y proponer planes de formación adecuados.
  • Protocolos: Implantar protocolos de procedimientos unificados en materia de salud laboral.
  • Documentación: Coordinar un sistema regional de información y documentación en materia de PRL.
  • Memoria Anual: Elaborar y aprobar la memoria anual del Servicio Andaluz de Salud en materia de prevención.
  • Apoyo Técnico: Coordinar, informar y dar apoyo técnico a las Unidades de Prevención.
  • Organización: Proponer a la Dirección General de Personal modificaciones en la organización de las Unidades de Prevención.
  • Relaciones Institucionales: Informar y solicitar a las Consejerías de Salud y de Empleo la información precisa para la coordinación de actuaciones.

3. Funciones Técnicas y de Gestión Especializada (Art. 31 LPRL)

Ejerce de forma provisional funciones atribuidas a los Servicios de Prevención en los siguientes puntos:

  • Diseño y seguimiento: Asesoramiento en el diseño, implantación y aplicación del Plan de Prevención y vigilancia de su integración.
  • Evaluación de riesgos: Evaluar los factores de riesgo de las personas empleadas públicas y comunicar los informes a las unidades afectadas dejando registro.
  • Prioridades: Determinar las prioridades en las medidas preventivas y vigilar su eficacia.
  • Investigación: Investigar accidentes e incidentes de trabajo e incorporar medidas correctivas a la planificación.
  • Emergencias: Determinar los medios para primeros auxilios y planes de emergencia.
  • Equipos de protección: Determinar las características de los EPI (Equipos de Protección Individual) necesarios.
  • Vigilancia de la Salud: Coordinar con el Centro de Prevención de Riesgos Laborales (CPRL) la relación de trabajadores para el reconocimiento médico.
  • Asesoramiento: Informar y asesorar al Comité de Seguridad y Salud y a los representantes de los trabajadores.

4. [OJO/EXCEPCIÓN]

  • [OJO/TEST]: Aunque la Unidad de Coordinación tiene funciones técnicas de evaluación e investigación, estas se ejercen sin perjuicio de las funciones que el Decreto 304/2011 atribuye a los Centros de Prevención de Riesgos Laborales (CPRL).
  • [DATO CLAVE]: La Unidad de Coordinación es la encargada de aprobar la memoria anual de prevención del SAS, no solo de elaborarla.

Metáfora para el estudio

Protocolos Unificados: Dicta los protocolos de aterrizaje unificados para todos y elabora el informe final de vuelos (memoria anual) para que el Director del aeropuerto (Director General de Personal) sepa que todo el sistema funciona con seguridad.

La Torre de Control: La Unidad de Coordinación es la Torre de Control de un aeropuerto.

El Radar Regional: No pilota cada avión individualmente (eso lo hacen las Unidades de Prevención de cada hospital), pero es la única que tiene el radar regional (mapa de riesgos).

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