Tema 06: Prevención de riesgos laborales

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06T1. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales: Fundamentos y Definiciones

06T107. Definiciones Técnicas II: Riesgo Laboral Grave e Inminente y Procesos Peligrosos

Definiciones de Riesgos y Elementos Peligrosos

1. Riesgo Laboral Grave e Inminente

  • Definición general: Aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato.
  • Requisito de severidad: Debe poder suponer un daño grave para la salud de los trabajadores.
  • [OJO/EXCEPCIÓN] (Agentes nocivos): En el caso de exposición a agentes susceptibles de causar daños graves, se considera que existe riesgo grave e inminente cuando sea probable su materialización en un futuro inmediato, aun cuando los daños no se manifiesten de forma inmediata.

2. Elementos Potencialmente Peligrosos

  • Categorías incluidas: Se aplica a procesos, actividades, operaciones, equipos o productos.
  • Criterio de peligrosidad: Son aquellos que, en ausencia de medidas preventivas específicas, originan riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan.

Metáfora para el estudio

Proceso Potencialmente Peligroso: Es como una fiera enjaulada; solo es mansa porque existe la “jaula” (medida preventiva específica), pero si quitamos la jaula, el riesgo aparece de inmediato.

Riesgo Grave e Inminente: Imagina que es un rayo que está a punto de caer; la clave para el examen es que, aunque el “rayo” (el accidente o exposición) sea inmediato, el “incendio” (el daño a la salud) puede aparecer mucho después, como ocurre con ciertos agentes químicos o biológicos.

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