Tema 06: Prevención de riesgos laborales

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06T3. Instrumentos de Gestión, Documentación y Colectivos Especiales

06T301. El Plan de Prevención de Riesgos Laborales: Integración y Contenido

El Plan de Prevención de Riesgos Laborales: Integración y Contenido

1. Definición y Función del Plan

  • Definición: Es la herramienta a través de la cual se integra la actividad preventiva de la empresa en su sistema general de gestión.
  • Objeto: Establecer la política de prevención de riesgos laborales de la entidad.
  • Obligación Documental: El Plan debe reflejarse en un documento que debe conservarse a disposición de la autoridad laboral, las autoridades sanitarias y los representantes de los trabajadores.

2. Requisitos de Implantación y Difusión

Para que el Plan sea válido, debe cumplir tres requisitos jerárquicos:

  • Debe ser aprobado por la dirección de la empresa.
  • Debe ser asumido por toda su estructura organizativa, incidiendo especialmente en todos sus niveles jerárquicos.
  • Debe ser conocido por todos sus trabajadores.

3. Contenido Mínimo del Documento del Plan

El documento debe incluir, con amplitud adecuada a la dimensión de la empresa, los siguientes elementos:

  • Identificación de la empresa: Actividad productiva, número y características de los centros y de los trabajadores.
  • Estructura organizativa: Identificación de funciones y responsabilidades de cada nivel jerárquico y sus cauces de comunicación.
  • Organización de la producción: Identificación de procesos técnicos, prácticas y procedimientos organizativos.
  • Organización de la prevención: Indicando la modalidad preventiva elegida y los órganos de representación existentes.
  • Política y Objetivos: Metas preventivas y recursos (humanos, técnicos, materiales y económicos) disponibles.

4. Instrumentos Esenciales de Gestión

El Plan de Prevención se aplica y gestiona a través de dos instrumentos fundamentales:

  1. La evaluación de riesgos.
  2. La planificación de la actividad preventiva.

5. [OJO/EXCEPCIÓN]: Gestión Simplificada

  • Empresas pequeñas: Las empresas de hasta 50 trabajadores podrán realizar el Plan de Prevención, la evaluación de riesgos y la planificación de forma simplificada.
  • Condición: Que no suponga una reducción del nivel de protección y se realice en los términos que se determinen reglamentariamente.

6. El Plan de Prevención en el Servicio Andaluz de Salud (SAS)

  • Garante: El Plan es el instrumento que garantiza la calidad y eficacia en la protección de la seguridad y salud de los empleados del SAS.
  • Marco Normativo: Se rige por el Decreto 304/2011 (estructura organizativa de PRL en la Junta de Andalucía).
  • Aprobación específica: El Plan de PRL del SAS fue aprobado por la Orden de 17 de septiembre de 2014.
  • Competencias de Gestión:
    • Director Gerente del SAS: Le corresponde el control general de la política de prevención y la aplicación del Plan.
    • Dirección General de Personal: Responsable de elaborar, implantar, controlar, revisar y actualizar el Plan en todo su ámbito de gestión.
  • Control Externo:
    • La Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral debe informar el Plan antes de su aprobación.
    • Se realizarán auditorías bienales (cada 2 años) por parte de la citada Dirección General para supervisar las auditorías internas del SAS.

Metáfora para el estudio

Estructura: Sin este manual, la evaluación de riesgos y la planificación serían piezas sueltas sin una máquina que las haga funcionar.

El Manual de Instrucciones: El Plan de Prevención es el “Manual de Instrucciones del Hospital”.

Difusión y compromiso: No puede ser un folleto guardado en un cajón; debe estar firmado por el Director (aprobación), todos los Jefes de Servicio deben conocer su capítulo (asumido por la jerarquía) y cada Celador o Enfermero debe saber dónde consultarlo (conocido por todos).

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