Tema 06: Prevención de riesgos laborales

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06T1. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales: Fundamentos y Definiciones

06T110. Definiciones Técnicas V: Lugares de Trabajo y Manipulación Manual de Cargas

Definiciones de Entorno y Operaciones de Carga

1. Lugares de Trabajo

  • Definición: Son las áreas del centro de trabajo, estén edificadas o no, en las que los trabajadores deban permanecer o a las que puedan acceder en razón de su trabajo.
  • Inclusiones específicas: Se consideran legalmente como lugares de trabajo:
    • Servicios higiénicos.
    • Locales de descanso.
    • Locales de primeros auxilios.
    • Comedores.
  • Instalaciones anejas: Las instalaciones de servicio o protección que estén unidas a los lugares de trabajo se consideran parte integrante de los mismos.

2. Manipulación Manual de Cargas

  • Definición: Cualquier operación de transporte o sujeción de una carga por parte de uno o varios trabajadores.
  • Acciones comprendidas: La normativa incluye específicamente:
    • Levantamiento.
    • Colocación.
    • Empuje.
    • Tracción.
    • Desplazamiento.
  • Factor determinante de riesgo: El riesgo surge por las características de la carga o por condiciones ergonómicas inadecuadas.
  • Riesgos específicos: Estas operaciones entrañan riesgos para los trabajadores, detectándose una incidencia particular en los riesgos dorsolumbares.

Metáfora para el estudio

La Manipulación de Cargas: Es como mover las fichas pesadas de ese juego; si el movimiento (tracción, empuje) no sigue las reglas ergonómicas, la “espalda” del jugador (zona dorsolumbar) es la que sufre el daño.

Los Lugares de Trabajo: Son como el tablero de un juego; no importa si es la zona principal o los bordes (servicios, comedores), todo el tablero cuenta.

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