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Tema 06: Prevención de riesgos laborales
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06T311. Protección de la Maternidad II: Cambio de Puesto o Función cuestionario
1.
06TL311. Si la trabajadora es destinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente por no haber otro compatible, ¿qué ocurre con sus retribuciones?
1
b) Percibirá el salario base del nuevo puesto pero manteniendo los trienios.
c) Conservará el derecho al conjunto de retribuciones de su puesto de origen.
a) Sufrirá una minoración proporcional a la menor peligrosidad del nuevo destino.
d) Se le abonará el salario medio de su categoría profesional en el SAS.
2.
06TL311. ¿Hasta cuándo tiene efecto el cambio de puesto o función por riesgo durante el embarazo?
1
a) Hasta la fecha prevista del parto según el informe de obstetricia.
d) Durante un máximo de seis meses renovables por otros tres.
b) Hasta que el estado de salud de la trabajadora permita su reincorporación al anterior puesto.
c) Hasta que finalice el período de descanso por maternidad de 16 semanas.
3.
06TL311. ¿Qué entidad debe certificar que las condiciones de un puesto influyen negativamente en la salud de la trabajadora embarazada para proceder al cambio de puesto?
1
d) Exclusivamente el médico de familia del Servicio Nacional de Salud.
a) Los Servicios Médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social o de las Mutuas.
b) La Dirección Gerencia del centro asistencial.
c) El Comité de Seguridad y Salud por mayoría de dos tercios.
4.
06TL311. ¿Con quién debe consultar el empresario para determinar la relación de puestos de trabajo exentos de riesgos a efectos de protección de la maternidad?
1
b) Con los representantes de los trabajadores.
d) Con el Servicio de Protección Radiológica.
a) Con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
c) Con la Consejería de Salud y Consumo.
5.
06TL311. Para proceder al cambio de puesto de una embarazada, ¿qué informe médico es preceptivo además de la certificación de la entidad gestora?
1
d) La memoria técnica del Servicio de Medicina Preventiva.
a) El dictamen vinculante del Tribunal Médico de la provincia.
b) El informe del Jefe de la Unidad de Prevención de Nivel 3.
c) El informe del médico del Servicio Nacional de Salud que asista facultativamente a la trabajadora.
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