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Tema 06: Prevención de riesgos laborales
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06T317. Relaciones de Trabajo Temporales y Empresas de Trabajo Temporal (ETT) cuestionario
1.
06TL317. La formación que reciben los trabajadores de ETT o temporales debe ser:
1
c) Opcional si el trabajador acredita experiencia previa en el mismo puesto.
d) Impartida siempre por los representantes de los trabajadores de la usuaria.
b) Únicamente teórica y generalista para el sector de actividad.
a) Suficiente y adecuada a las características del puesto, cualificación y riesgos.
2.
06TL317. Antes del inicio de su actividad, ¿sobre qué riesgo específico debe ser informado el trabajador temporal o de ETT?
1
a) Sobre el balance de siniestralidad del año anterior en la empresa usuaria.
c) Sobre la cuantía de la póliza de responsabilidad civil de la empresa.
d) Sobre el domicilio social de todos los delegados de prevención del centro.
b) Sobre la exigencia de cualificaciones o controles médicos especiales y riesgos del puesto.
3.
06TL317. ¿Qué responsabilidades preventivas corresponden específicamente a la Empresa de Trabajo Temporal (ETT)?
1
c) El plan de evacuación y medidas de emergencia del lugar de trabajo.
a) El cumplimiento de las obligaciones en materia de formación y vigilancia de la salud.
b) La adecuación de las máquinas e instalaciones del centro de trabajo.
d) La información sobre los riesgos específicos del puesto a cubrir.
4.
06TL317. En una relación de trabajo a través de una ETT, ¿quién es el responsable de las condiciones de ejecución del trabajo?
1
b) La empresa usuaria.
c) Ambas empresas de forma solidaria en todos los ámbitos preventivos.
a) La empresa de trabajo temporal exclusivamente.
d) El trabajador autónomo que supervise la tarea.
5.
06TL317. ¿Qué nivel de protección deben disfrutar los trabajadores con relaciones temporales o de ETT según la Ley 31/1995?
1
b) Un nivel básico inferior proporcional a la duración de su contrato.
d) El mismo nivel de protección que los restantes trabajadores de la empresa.
a) Una protección limitada a los riesgos higiénicos y ergonómicos.
c) El nivel determinado exclusivamente por el convenio de la empresa de origen.
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