Tema 06: Prevención de riesgos laborales

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06T3. Instrumentos de Gestión, Documentación y Colectivos Especiales

06T305. Equipos de Trabajo: Adecuación y Mantenimiento (RD 1215/1997)

Equipos de Trabajo: Adecuación y Mantenimiento (RD 1215/1997)

1. Definiciones Técnicas Fundamentales

  • Equipo de trabajo: Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo.
  • Utilización de un equipo de trabajo: Comprende cualquier actividad referida al mismo, incluyendo: puesta en marcha, detención, empleo, transporte, reparación, transformación, mantenimiento, conservación y limpieza.
  • Zona peligrosa: Cualquier zona situada en el interior o alrededor de un equipo de trabajo donde la presencia de un trabajador entrañe un riesgo para su seguridad o salud.
  • Operador: El trabajador encargado de la utilización de un equipo de trabajo.

2. Obligaciones Generales del Empresario

  • Adecuación y Adaptación: El empresario debe adoptar medidas para que los equipos sean adecuados para el trabajo y estén convenientemente adaptados, garantizando la seguridad y salud de los trabajadores.
  • Marco Normativo: Las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de equipos están reguladas en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio.
  • Criterio de Elección: Al elegir los equipos, el empresario debe considerar:
    • La naturaleza de la actividad.
    • Las características de los puestos de trabajo.
    • Las características de los trabajadores que deban desempeñarlos.

3. Restricciones por Riesgos Específicos (Art. 18/RD 1215)

Cuando la utilización de un equipo presente un riesgo específico, el empresario debe garantizar que:

  • Utilización: Quede reservada exclusivamente a los encargados de dicha utilización.
  • Mantenimiento y Reparación: Los trabajos de reparación, transformación, mantenimiento o conservación sean realizados únicamente por trabajadores específicamente capacitados para ello.

4. Responsabilidades Específicas en el SAS

  • Mantenimiento de Edificios y Equipos: La Jefatura de Servicio de Organización y Administración Interior es la unidad competente para llevar a cabo el mantenimiento (por medios propios o ajenos) de las instalaciones y equipos.
  • Vigilancia y Detección: Corresponde a las Jefaturas de Servicio/Unidad:
    • Detectar instalaciones y equipos que precisen mantenimiento.
    • Vigilar que dicho mantenimiento se realice según la normativa, notificando a la unidad competente.
    • Promover e intervenir en la elaboración de instrucciones de trabajo para áreas críticas.
  • Suministro y Control: La Dirección General de Personal ejerce las funciones preventivas asociadas a la adquisición de bienes y el mantenimiento de las instalaciones en los Servicios de Apoyo.

5. Deberes del Trabajador y Operador

  • Uso adecuado: Utilizar los equipos según su naturaleza y los riesgos previsibles.
  • Dispositivos de Seguridad: No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad instalados en los equipos.
  • Información de Anomalías: Informar de inmediato a su superior jerárquico directo y a la Unidad de Prevención sobre cualquier situación que entrañe un riesgo.
  • Conservación: Es obligación del personal conservar correctamente los equipos facilitados.

6. Garantías y Excepciones Finales

  • Responsabilidad Inalienable: El cumplimiento de las obligaciones preventivas por parte de los trabajadores o el recurso a servicios de prevención ajenos no eximen al empresario (SAS) de su deber de protección en relación con los equipos de trabajo.
  • [OJO/TEST]: Los trabajadores no serán empleados en puestos cuyos equipos no respondan a sus exigencias psicofísicas o cuando su estado biológico conocido (especialmente sensibles) pueda generar peligro para ellos o terceros.

Metáfora para el estudio

Capacitación: Si el aparato se rompe, solo el servicio técnico oficial (personal específicamente capacitado) puede abrirlo para repararlo; el celador o la enfermera no pueden intentar arreglarlo aunque sepan cómo funciona, pues su mantenimiento está restringido por normativa.

El equipo de Rayos X: Imagina que un equipo de trabajo es un biombo de rayos X móvil.

Adecuación: El Empresario (SAS) debe asegurar que el aparato es el adecuado para esa sala.

Operación: Solo el técnico de radiodiagnóstico (operador encargado) puede encenderlo.

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