Medidas de Emergencia: Primeros Auxilios, Lucha contra Incendios y Evacuación
1. Obligaciones Generales del Empresario
El empresario tiene el deber de analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en las siguientes materias:
- Primeros auxilios.
- Lucha contra incendios.
- Evacuación de los trabajadores.
Para la adopción de estas medidas, el empresario debe tener en cuenta:
- El tamaño y la actividad de la empresa.
- La posible presencia de personas ajenas a la misma (pacientes, acompañantes, proveedores).
2. Designación y Requisitos del Personal Encargado
- Designación: El empresario debe designar al personal encargado de poner en práctica las medidas de emergencia.
- Consulta obligatoria: El empresario debe consultar a los trabajadores (o sus representantes), con la debida antelación, sobre la designación de los trabajadores encargados de las medidas de emergencia.
- Condiciones del personal: El personal designado debe cumplir tres requisitos acumulativos:
- Poseer la formación necesaria.
- Ser suficiente en número.
- Disponer del material adecuado.
- Verificación: El empresario debe comprobar periódicamente el correcto funcionamiento de estas medidas.
3. Integración en la Gestión Preventiva
- Planificación: Las medidas de emergencia deben ser objeto de integración obligatoria en la planificación de la actividad preventiva.
- Información: El empresario debe asegurar que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias sobre las medidas adoptadas en situaciones de emergencia.
4. Competencias Específicas en el Servicio Andaluz de Salud (SAS)
La estructura del SAS distribuye las funciones de emergencia de la siguiente forma:
- Unidad de Coordinación de PRL: Le corresponde la determinación de los medios para la prestación de los primeros auxilios y los planes de emergencia a nivel regional.
- Unidad de Prevención (UP): Encargada de la elaboración de los planes y actuaciones a desarrollar en situaciones de emergencia en su ámbito funcional.
- Jefaturas de Servicio/Unidad: Deben colaborar activamente en la implantación del Plan de Autoprotección y proponer a las personas que integrarán los Equipos de Emergencia (primera intervención, alarma, evacuación y primeros auxilios).
- Personas Empleadas Públicas: Tienen la obligación de colaborar en la elaboración e implantación del plan de emergencia y evacuación del centro donde desarrollen su actividad.
5. Prestación de Primeros Auxilios y Urgencias en el SAS
- Órgano prestador: La asistencia de primeros auxilios y urgencias es prestada por el Servicio de Urgencias del centro asistencial donde el trabajador preste servicios.
- Registro: Esta asistencia está sujeta a un registro específico.
- Comunicación: El Servicio de Urgencias debe comunicar la asistencia a los profesionales sanitarios responsables de la vigilancia de la salud del trabajador.
Metáfora para el estudio
La respuesta: Si ocurre una “herida” (emergencia), el sistema de respuesta inmediata es el Servicio de Urgencias, pero este debe dejar siempre una “cicatriz” documental (registro específico) para que el médico de cabecera (vigilancia de la salud) sepa qué ha ocurrido.
Mecanismos de defensa: Las medidas de emergencia son los “mecanismos de defensa” de un organismo vivo.
Los elegidos: No basta con saber que existen; el SAS debe elegir a los “glóbulos blancos” (personal designado), entrenarlos (formación) y darles herramientas (material adecuado).
