Principios de la Acción Preventiva (Art. 15 LPRL)
1. Principios Generales de la Acción Preventiva (Art. 15.1)
El empresario debe aplicar las medidas de prevención siguiendo rigurosamente este orden y jerarquía de principios:
- Evitar los riesgos.
- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
- Combatir los riesgos en su origen.
- Adaptar el trabajo a la persona: Incide especialmente en la concepción de los puestos de trabajo, la elección de los equipos y los métodos de trabajo y producción.
- Finalidad específica: Atenuar el trabajo monótono y repetitivo y reducir sus efectos en la salud.
- Tener en cuenta la evolución de la técnica.
- Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
- Planificar la prevención: Debe buscarse un conjunto coherente que integre:
- La técnica.
- La organización del trabajo.
- Las condiciones de trabajo.
- Las relaciones sociales.
- La influencia de los factores ambientales.
- Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
- Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
2. Criterios de Aplicación y Gestión de Riesgos
- Capacidades profesionales: El empresario debe tomarlas en consideración en materia de seguridad y salud en el momento de encomendar las tareas.
- Zonas de riesgo grave y específico: Solo podrán acceder los trabajadores que hayan recibido información suficiente y adecuada.
- Factor humano: Al tomar medidas, el empresario debe prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador.
3. Evaluación de Medidas Preventivas (Riesgos Adicionales)
- [OJO/EXCEPCIÓN]: La adopción de una medida preventiva puede implicar riesgos adicionales. Solo se adoptarán cuando:
- La magnitud de los nuevos riesgos sea sustancialmente inferior a la de los que se pretende controlar.
- No existan alternativas más seguras.
Metáfora para el estudio
Riesgos añadidos: Si para apagar el fuego vas a usar un químico que intoxica a la gente, solo puedes usarlo si ese humo es mucho menos peligroso que el propio incendio (riesgos adicionales sustancialmente inferiores).
Protocolo de incendio: Los principios del Artículo 15 son como el protocolo de seguridad de un incendio.
Orden lógico: Lo primero es evitar que haya fuego. Si no es posible, hay que evaluar cuánto quema.
Prioridad: Siempre es mejor apagar la chispa donde empieza (combate en origen) que ponerse un traje ignífugo (protección colectiva antes que individual).
