Tema 06: Prevención de riesgos laborales

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06T4. Consulta, Participación de los Trabajadores y Control Administrativo

06T404. Delegados de Prevención: Criterios de Cómputo de Trabajadores

Delegados de Prevención: Criterios de Cómputo de Trabajadores

1. Criterios de Cómputo según el Tipo de Contrato

Para determinar el número de Delegados de Prevención que corresponden a un centro de trabajo (según la escala del Art. 35 LPRL), se aplican las siguientes reglas de cómputo de la plantilla:

  • Contratos de duración determinada SUPERIOR a un año: Se computan siempre como trabajadores fijos de plantilla.
  • Contratos de duración determinada de HASTA un año: Se computan según el número de días trabajados en el período de un año anterior a la designación.
  • Regla de conversión (Ratio 200): Cada 200 días trabajados o fracción se computarán como un trabajador más.

2. Autonomía de la Negociación Colectiva

  • Sistemas de designación: Mediante convenio colectivo se podrán establecer otros sistemas de designación de los Delegados de Prevención.
  • [OJO/EXCEPCIÓN]: Cualquier sistema alternativo debe garantizar obligatoriamente que la facultad de designación corresponda a los representantes del personal o a los propios trabajadores.
  • Órganos específicos: A través de la negociación colectiva o acuerdos del Art. 83.3 del Estatuto de los Trabajadores, se puede acordar que las competencias de los Delegados de Prevención sean ejercidas por órganos específicos creados en el propio convenio.

3. Competencias Territoriales y Ámbitos de Aplicación

  • Ámbito de los órganos específicos: Estos órganos pueden asumir competencias generales sobre el conjunto de los centros de trabajo incluidos en el ámbito de aplicación del convenio o acuerdo.
  • Objetivo: Fomentar el mejor cumplimiento de la normativa de PRL en todos los centros afectados.
  • Administraciones Públicas: En el ámbito de las Administraciones Públicas, se podrán establecer otros sistemas de designación según lo previsto en la Ley 7/1990.

Metáfora para el estudio

La conversión: Por cada 200 entradas (200 días) que acumules, el sistema te otorga el valor de 1 socio adicional a efectos de calcular cuántos vigilantes (Delegados de Prevención) necesita el club.

Socio de pleno derecho: El cómputo de trabajadores es como un sistema de puntos para una suscripción. Si tienes un contrato de más de un año, eres un “socio de pleno derecho” (trabajador fijo) y cuentas como 1.

Puntos acumulados: Si tu contrato es corto (hasta un año), el sistema mira cuántas veces has venido a trabajar en el último año (año anterior).

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