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Tema 06: Prevención de riesgos laborales
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06T408. El Comité de Seguridad y Salud: Naturaleza, Miembros y Reuniones cuestionario
1.
06TL408. ¿A partir de cuántos trabajadores es obligatoria la constitución del Comité de Seguridad y Salud?
1
d) 250 trabajadores.
c) 50 o más trabajadores.
b) 100 o más trabajadores.
a) 30 trabajadores.
2.
06TL408. ¿Cuál es la frecuencia mínima con la que debe reunirse el Comité de Seguridad y Salud?
1
c) Semestralmente.
d) Anualmente.
b) Mensualmente.
a) Trimestralmente.
3.
06TL408. ¿Cómo se define legalmente al Comité de Seguridad y Salud?
1
d) Servicio de asesoramiento externo para la gerencia.
c) Órgano unipersonal de vigilancia y control sindical.
b) Órgano paritario y colegiado de participación.
a) Unidad técnica de gestión preventiva especializada.
4.
06TL408. ¿Quiénes participan en el Comité de Seguridad y Salud con voz pero sin voto?
1
c) Únicamente los técnicos del Servicio de Medicina Preventiva.
d) El Inspector de Trabajo de guardia en la zona.
a) Los Delegados Sindicales y responsables técnicos de prevención.
b) Todos los trabajadores que hayan sufrido un accidente.
5.
06TL408. ¿Qué órgano puede crearse para empresas con varios centros de trabajo dotados de Comité de Seguridad y Salud?
1
b) Un Comité Intercentros.
d) Una Junta de Seguridad Interhospitalaria.
a) Un Consejo Regional de Seguridad.
c) Una Unidad de Coordinación Asistencial.
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