La Evaluación de Riesgos: Evaluación Inicial y Actualización
1. Definición y Objeto de la Evaluación
- Definición: Es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse.
- Finalidad: Proporcionar información para que el empresario tome la decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y el tipo de las mismas.
2. La Evaluación Inicial de Riesgos
- Obligatoriedad: El empresario deberá realizar una evaluación inicial de riesgos para la seguridad y salud.
- Factores generales a considerar:
- La naturaleza de la actividad.
- Las características de los puestos de trabajo existentes.
- Las características de los trabajadores que deban desempeñarlos.
- Contenido específico: Debe tener en cuenta las actuaciones de la normativa sobre riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.
3. Circunstancias de Evaluación y Revisión
La evaluación inicial debe realizarse u obligatoriamente revisarse ante las siguientes situaciones:
- Elección de equipos de trabajo.
- Elección de sustancias o preparados químicos.
- Acondicionamiento de los lugares de trabajo.
- Cambio en las condiciones de trabajo: Obliga a la actualización de la evaluación.
- Daños para la salud: El empresario debe someter la evaluación a consideración y revisarla, si fuera necesario, cuando se hayan producido daños.
4. Controles Periódicos
- Supuesto: Cuando el resultado de la evaluación lo haga necesario.
- Acción: El empresario realizará controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores.
- Objetivo: Detectar situaciones potencialmente peligrosas.
5. Gestión y Competencias en el Servicio Andaluz de Salud (SAS)
- Dirección General de Personal: Le corresponde elaborar, implantar, controlar, revisar y actualizar el Plan de Prevención (y por ende la evaluación) en su ámbito de gestión.
- Subdirección de Personal: Encargada de gestionar la realización y actualización de la evaluación de riesgos en los Servicios de Apoyo, supervisando a la Unidad de Prevención.
- Unidades de Prevención: Tienen la función de asesoramiento y apoyo en la evaluación de los factores de riesgo.
- Jefaturas de Servicio/Unidad: Deben revisar periódicamente las condiciones de trabajo en su ámbito con el apoyo técnico de la organización preventiva.
- Unidad de Coordinación de PRL: Ejerce la gestión especializada para la evaluación de factores de riesgo de las personas empleadas públicas.
6. Documentación y Conservación
- Responsable: El empresario debe elaborar y conservar la documentación de la evaluación de riesgos.
- Disponibilidad: Debe estar a disposición de la autoridad laboral, autoridades sanitarias y los representantes de los trabajadores.
- [OJO/DATO TEST]: La documentación incluye tanto el resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo como el de la actividad de los trabajadores.
7. Simplificación de la Evaluación
- [OJO/EXCEPCIÓN]: Las empresas de hasta 50 trabajadores podrán realizar la evaluación de riesgos de forma simplificada.
- Condición: Que no suponga una reducción del nivel de protección de la seguridad y salud y se realice según los términos reglamentarios.
Metáfora para el estudio
El responsable: En el SAS, el “médico de cabecera” que supervisa que este diagnóstico esté al día es la Dirección General de Personal.
El chequeo médico: La evaluación de riesgos es como un chequeo médico preventivo.
El inicio: La evaluación inicial es el análisis general que se hace al empezar un tratamiento.
El cambio: Si el paciente cambia de medicación (sustancias químicas) o de hábitos de vida (condiciones de trabajo), hay que repetir las pruebas (actualización).
La recaída: Si el paciente cae enfermo a pesar del tratamiento (daños para la salud), el médico debe revisar inmediatamente el diagnóstico original (revisión de la evaluación).
