Tema 07: Promoción de la igualdad de género en Andalucía

0 de 41 lecciones completas (0%)

Ley 12/2007, de 26 de noviembre, de Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía

07T1L. Limitaciones y requisitos en Ayudas y Subvenciones

1. Integración de la Igualdad en las Bases Reguladoras.

La Administración de la Junta de Andalucía tiene la obligación de incluir criterios de género en la concesión de fondos públicos:

  • Contenido obligatorio: Las bases reguladoras de las subvenciones públicas deben incorporar la valoración de actuaciones de efectiva consecución de la igualdad de género por parte de las entidades solicitantes.

[OJO/EXCEPCIÓN]: No se incorporará esta valoración en aquellos casos en los que esté justificado por la naturaleza de la subvención o por la naturaleza de las entidades solicitantes.


2. Prohibición de Acceso a Ayudas y Subvenciones.

Existen causas legales que impiden taxativamente la recepción de fondos públicos o la formalización de contratos:

  • Causa penal/laboral: Estar condenado por alentar o tolerar prácticas laborales discriminatorias según la legislación vigente.
  • Plazo de prohibición: Durante un periodo de cinco años.
  • Cómputo del plazo: El periodo de cinco años se cuenta desde la fecha de la sentencia firme.
  • Causa administrativa: Haber sido objeto de sanciones accesorias mediante resolución administrativa firme (conforme a los apartados 2 y 3 letra a del artículo 80 de la Ley).

3. Requisitos Procedimentales (Declaración Responsable).

Para poder concurrir a cualquier ayuda de la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias, es obligatorio el siguiente trámite:

  • Documento: Presentación de una declaración responsable.
  • Momento: Debe entregarse junto con la solicitud de la ayuda.
  • Contenido: Acreditar que el solicitante (persona física o jurídica) no ha sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias en los plazos establecidos por la ley.

4. Vigilancia y Seguimiento Laboral.

La concesión de la ayuda no exime de un control posterior por parte del órgano concedente:

Sujetos obligados: Personas físicas o jurídicas que sean contratistas, subvencionadas, bonificadas o receptoras de ayudas públicas.

Mandato: La Administración de la Junta de Andalucía establecerá medidas concretas de vigilancia.

Ámbito: El control se centra en el cumplimiento del principio de igualdad en el ámbito laboral.

Scroll al inicio