Tema 05: Protección de Datos Personales

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05TC8 – El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía

05TC801 – La Comisión Consultiva de la Transparencia y la Protección de Datos

La Comisión Consultiva de la Transparencia y la Protección de Datos

Naturaleza, constitución y funciones

La Comisión Consultiva de la Transparencia y la Protección de Datos se constituye como un órgano de participación y consulta en materia de transparencia y protección de datos.

Sus funciones, funcionamiento y composición se determinarán en los estatutos del Consejo.

Conforme a dichos Estatutos, la Comisión Consultiva desarrollará las siguientes funciones:

  • Asesorar a la Dirección en el ejercicio de sus funciones [173a].
  • Formular propuestas a la Dirección en el ámbito de las competencias del Consejo, especialmente en la elaboración de recomendaciones y directrices en las materias propias del Consejo [173b].
  • Ser oída en el procedimiento sobre la separación de la persona titular de la Dirección en los supuestos del artículo 47.4 c) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, así como de sus miembros [173c].
  • Informar, con carácter preceptivo, los anteproyectos de leyes y proyectos de disposiciones generales sobre las materias competencia del Consejo [174d].
  • Analizar la propuesta de Informe anual con carácter previo a su remisión al Parlamento de Andalucía [174e].
  • Aquellas otras que se le puedan atribuir por la Dirección [174f].

La Dirección del Consejo estará asesorada por la Comisión Consultiva. La persona que ejerza la Dirección del Consejo presidirá también la Comisión Consultiva.

Composición y nombramiento de los miembros

La Comisión Consultiva estará compuesta por la persona que ejerza la Dirección del Consejo y catorce miembros en representación de:

  • La Administración de la Junta de Andalucía [174a].
  • El Parlamento de Andalucía, reuniendo la condición de diputado o diputada [174b].
  • Las administraciones locales andaluzas [174c].
  • Las universidades públicas andaluzas [175d].
  • Las entidades representativas de las personas consumidoras y usuarias [175e].
  • Las entidades representativas de los intereses económicos y sociales [175f].
  • Personas expertas en la materia [175g].
  • Un representante de la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz [175h].
  • Un representante de la Cámara de Cuentas de Andalucía [175i].

Los miembros de la Comisión serán nombrados por la persona titular de la Vicepresidencia de la Junta de Andalucía y Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local.

Duración y cese del mandato

Las personas titulares y suplentes de la comisión consultiva desempeñarán su cargo durante cinco años desde la publicación de su nombramiento. Su mandato podrá ser prorrogado por una sola vez, salvo comunicación de propuesta de nueva persona titular o suplente con una antelación de un mes a la expiración del mandato.

Serán cesados por las mismas causas que la persona que ejerza la Dirección del Consejo o a petición de la entidad que los hubiera propuesto.

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