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Tema 05: Protección de Datos Personales
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05TC705. Ejercicio del Derecho de Acceso a la Información Pública (Título III de la Ley 1/2014) cuestionario
1.
05TC705. ¿Es obligatorio para el ciudadano motivar las razones por las cuales solicita una información pública específica?
1
c) No, el ejercicio de este derecho no requiere motivación.
a) Sí, para que la administración valore el interés legítimo.
d) Solo si se solicita el acceso presencial en los archivos de la Administración.
b) Solo cuando la información afecte a intereses económicos de terceros.
2.
05TC705. ¿Ante qué órgano se puede interponer una reclamación potestativa previa a la vía contencioso-administrativa contra una resolución de acceso?
1
c) Ante la Consejería de Presidencia de la Junta de Andalucía.
a) Ante el Defensor del Pueblo Andaluz.
b) Ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.
d) Ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía directamente.
3.
05TC705. Según la Ley 1/2014, ¿cuál es el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de acceso a la información en la Administración de la Junta de Andalucía?
1
d) 10 días hábiles según el procedimiento de urgencia.
a) 15 días hábiles sin posibilidad de prórroga.
b) Un mes natural desde la presentación en cualquier registro.
c) 20 días hábiles.
4.
05TC705. En relación con las causas de inadmisión, ¿puede considerarse un informe preceptivo como información auxiliar para rechazar una solicitud?
1
d) Solo en el caso de que la solicitud se dirija a una entidad local de menos de 5.000 habitantes.
a) No, los informes preceptivos no tienen la consideración de información auxiliar o de apoyo.
b) Sí, siempre que sea un borrador de informe.
c) Sí, en todo caso.
5.
05TC705. ¿Qué consideración tiene, según el régimen sancionador de la Ley 1/2014, la denegación arbitraria del derecho de acceso a la información pública?
1
b) Falta grave.
a) Infracción administrativa leve.
d) Falta muy grave.
c) No constituye infracción si es por causa técnica.
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