Tema 05: Protección de Datos Personales

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05TC2 – Principios de Protección de Datos (LO 3/2018 y RGPD)

05TC204 – Tratamiento de Datos Personales Relativos a Condenas e Infracciones Penales (Artículo 10 del RGPD y Artículo 10 de la LO 3/2018)

Tratamiento de Datos Personales Relativos a Condenas e Infracciones Penales.

(Artículo 10 del RGPD y Artículo 10 de la LO 3/2018).


Condiciones para el tratamiento de estos datos.

El tratamiento de datos personales relativos a condenas e infracciones penales o medidas de seguridad conexas, sobre la base del artículo referido a la licitud del tratamiento, solo podrá llevarse a cabo bajo la supervisión de las autoridades públicas o cuando lo autorice el Derecho de la Unión o de los Estados miembros, siempre que se establezcan garantías adecuadas para los derechos y libertades de los interesados.

Según el artículo 10.1 de la LO 3/2018, el tratamiento de datos personales relativos a:

  • Condenas e infracciones penales,
  • Procedimientos y medidas cautelares,
  • Medidas de seguridad conexas,

para fines distintos de los de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales,
solo podrá llevarse a cabo cuando se encuentre amparado en:

  • Una norma de Derecho de la Unión,
  • La Ley Orgánica 3/2018,
  • Otras normas de rango legal.

Registro completo de condenas penales bajo control público.

Solo podrá llevarse un registro completo de condenas penales bajo el control de las autoridades públicas.

El registro completo de datos referidos a condenas e infracciones penales, así como a procedimientos y medidas cautelares y de seguridad conexas a que se refiere el artículo 10 del RGPD,
podrá realizarse conforme a lo establecido en la regulación del:

  • Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia.

El Registro Central de Penados.

Es el archivo donde se encuentran los “antecedentes penales”, es decir:

  • Registros de todas aquellas condenas a una persona mayor de 18 años.
  • Por un delito cometido en España o por un español en otro país de la Unión Europea.

En este registro no figura información sobre:

  • Condenas a menores de edad.
  • Antecedentes policiales.

Tratamiento por abogados y procuradores.

Fuera de los supuestos en los que el tratamiento de estos datos se realice:

  • Bajo la supervisión de autoridades públicas, o
  • Esté autorizado por el Derecho de la Unión o de los Estados miembros,

los tratamientos de datos referidos a condenas e infracciones penales, así como a procedimientos y medidas cautelares y de seguridad conexas,
solo serán posibles cuando:

  • Sean llevados a cabo por abogados y procuradores, y
  • Tengan por objeto recoger la información facilitada por sus clientes para el ejercicio de sus funciones.

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