2.3. Derechos y deberes de los ciudadanos respecto de los servicios sanitarios en Andalucía
Efectividad de los derechos y deberes
2.3.1. Titularidad
Según el artículo 3 de la Ley de Salud de Andalucía (LSA), son titulares de los derechos reconocidos por dicha Ley y por el resto de la normativa que regula el Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA) los siguientes colectivos:
- Los españoles y los extranjeros residentes en cualquier municipio de Andalucía.
- Los españoles y extranjeros no residentes en Andalucía, que tengan establecida su residencia en el territorio nacional, con el alcance determinado por la legislación estatal.
- Los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, que tienen los derechos que resulten de la aplicación del Derecho Comunitario Europeo y de los tratados y convenios suscritos por el Estado español y que les sean de aplicación.
- Los nacionales de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, tienen los derechos que les reconozcan las leyes, los tratados y convenios suscritos por el Estado español.
En todo caso, se garantiza a todas las personas en Andalucía las prestaciones vitales de emergencia.
Las prestaciones sanitarias ofertadas por el Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA) serán, como mínimo, las establecidas en cada momento para el Sistema Nacional de Salud (SNS).
