Tema 03: Organización Sanitaria I

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03TC1 – ORGANIZACIÓN SANITARIA 1

03TC104 – El Sistema Nacional de Salud: Principios Generales

1.1.4. El Sistema Nacional de Salud: Principios Generales

Principios generales del Sistema de Salud según la Ley General de Sanidad

a) Principios organizativos generales:

  • Establece los principios generales básicos de la organización sanitaria, conforme al artículo 149.1.16 de la Constitución.
  • Constituye norma básica aplicable a todo el territorio del Estado, excepto los artículos 31.1 b) y c) (alta inspección) y 57 a 69 (organización de las Áreas de Salud), que serán derecho supletorio si las Comunidades Autónomas han dictado normas en esas materias.

Las Comunidades Autónomas podrán dictar normas de desarrollo y complementarias en el marco de sus Estatutos de Autonomía.

También se trata de una Ley que:

  • Deroga muchas disposiciones legales previas, y
  • Autoriza al Gobierno a refundir, armonizar y aclarar normas (Disposiciones Finales 1.2, 5.2 y 6.2).

b) Directriz principal: creación del Sistema Nacional de Salud

  • Extiende la asistencia sanitaria a toda la población española.
  • Asegura el acceso en condiciones de igualdad efectiva.

Para lograrlo, se requiere:

  • Igualación de las condiciones de vida
  • Superación de desequilibrios territoriales y sociales
  • Coordinación de las actuaciones públicas
  • Mantenimiento de servicios públicos sobre mínimos uniformes
  • Planificación sanitaria efectiva

La igualdad entre mujeres y hombres será un principio transversal en políticas, estrategias y programas de salud.

c) Organización y competencias de las Comunidades Autónomas

  • Se concentran los servicios sanitarios bajo su responsabilidad.
  • Las Comunidades crearán Servicios de Salud progresivamente según los procesos de transferencia.

La participación comunitaria se garantizará a través de:

  • Corporaciones territoriales
  • Organizaciones empresariales
  • Organizaciones sindicales

d) Actuaciones generales de las Administraciones Públicas

Orientadas a:

  • Promoción de la salud y prevención de enfermedades
  • Promoción del interés individual, familiar y social
  • Garantizar la asistencia sanitaria
  • Rehabilitación funcional y reinserción social del paciente
  • Información a los usuarios sobre derechos y deberes

El principio de igualdad entre mujeres y hombres debe estar presente en toda actuación pública sanitaria.

e) Principios rectores del funcionamiento de los servicios sanitarios:

  • Eficacia
  • Celeridad
  • Economía
  • Flexibilidad

f) Actividades básicas del sistema sanitario:

  • Estudios epidemiológicos para orientar la prevención y la planificación.
  • Veterinaria de Salud Pública: higiene, tecnología e investigación alimentaria, zoonosis, y control de riesgos procedentes de animales.

g) Derechos y obligaciones de los usuarios

  • Información sobre derechos y deberes
  • Relación con todas las Administraciones Públicas Sanitarias

h) Centralización e integración en el nivel autonómico

  • Sustitución de las Corporaciones Locales por las Comunidades Autónomas.

Para compensar esta centralización, se prevén:

  • Áreas de Salud como estructuras básicas
  • Participación de las Corporaciones Locales en órganos colegiados del Área

i) Financiación del sistema sanitario

Se efectuará:

  • A través de presupuestos del Estado, CCAA, Corporaciones Locales y Seguridad Social
  • Con transferencias estatales para personas sin recursos

Políticas de gasto orientadas a corregir desigualdades sanitarias.

j) Personal sanitario: consideraciones generales

  • Aprobación de un Estatuto-Marco (Ley 55/2003, de 16 de diciembre)
  • Personal funcionario regulado por la Ley 30/1984
  • Movilidad funcional dentro del Área de Salud, respetando condiciones laborales
  • Movilidad entre administraciones, con requisitos de titulación

k) Ejercicio profesional

  • Reconocimiento del derecho al ejercicio libre de profesiones sanitarias (arts. 35 y 36 CE)
  • Libertad de empresa en el sector sanitario (art. 38 CE)
  • Regulación del intrusismo profesional (Ley 44/2003)

l) Competencias de la Administración Sanitaria del Estado

  • Valoración sanitaria de medicamentos y productos sanitarios
  • Autorización de su uso y control de calidad

m) Formación e investigación

  • La estructura asistencial debe estar disponible para:
    • Docencia pregraduada, postgraduada y continuada
    • Investigación sanitaria

n) Elección de médico

  • Libre elección de médico en Atención Primaria
  • En ciudades de más de 250.000 habitantes, se podrá elegir dentro de toda la ciudad

o) Acceso a servicios especializados

  • Derecho a ser atendido en servicios hospitalarios especializados tras agotar Atención Primaria
  • Servicios de referencia acreditados por el Ministerio para casos complejos

p) Normas de utilización de los servicios sanitarios

  • Iguales para todos
  • Los pacientes sin derecho a asistencia pueden acceder como privados

q) Gastos por servicios sanitarios no autorizados

  • Las Administraciones no reembolsarán los gastos derivados del uso de servicios que no correspondan al paciente

Conclusión

La aplicación de la reforma será:

  • Paulatina y progresiva
  • En coordinación con la asunción de competencias por parte de las Comunidades Autónomas
  • Adecuada a las disponibilidades presupuestarias
  • Enfocada al otorgamiento de prestaciones a todos los ciudadanos
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