Titularidad del Derecho a la Información Asistencial
Titular Principal
- El titular único y principal del derecho a la información es el paciente.
Información a Terceros (Personas Vinculadas)
- Las personas vinculadas al paciente por razones familiares o de hecho también serán informadas.
- Requisito de titularidad: Esta información a terceros solo procede en la medida en que el paciente lo permita de manera expresa o tácita.
Información en Casos de Incapacidad
- El paciente con incapacidad mantiene su derecho a ser informado de modo adecuado a sus posibilidades de comprensión.
- Obligación adicional: Es deber legal informar también a su representante legal.
Información por Falta de Capacidad (Criterio Médico)
- Si el paciente carece de capacidad para entender la información debido a su estado físico o psíquico, la titularidad del derecho de recepción se desplaza.
- Órgano competente para decidir: La falta de capacidad se determina según el criterio del médico que le asiste.
- Destinatarios: En este supuesto, la información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho.
El Límite de la Necesidad Terapéutica (Art. 5)
- Definición: Es la facultad del médico para actuar profesionalmente sin informar antes al paciente.
- Condición objetiva: Solo es aplicable cuando el conocimiento de su propia situación pueda perjudicar su salud de manera grave por razones objetivas.
- Garantías formales (Crítico para test):
- El médico debe dejar constancia razonada de las circunstancias en la historia clínica.
- El médico debe comunicar su decisión a las personas vinculadas al paciente por razones familiares o de hecho.
[OJO/EXCEPCIÓN]: Aunque el paciente sea el titular, el derecho a la información puede limitarse por la existencia acreditada de un estado de necesidad terapéutica. En este caso, el médico se convierte en el gestor del riesgo informativo para evitar un daño grave al paciente.
Ayuda a la memorización
La Metáfora del “Director de Orquesta”:
Imagina que el Paciente es el Director de la orquesta (la salud): él decide quién escucha la música (expresa o tácitamente).
- Si el Director es niño o está incapacitado, se le explica con dibujos, pero el Representante Legal tiene que tener la partitura completa.
- Si el Director se desmaya (falta de capacidad), la partitura se le da a sus ayudantes vinculados.
- La clave del test: Si el Médico ve que la partitura es tan triste que el Director podría sufrir un infarto al leerla (necesidad terapéutica), puede guardarla en el cajón (historia clínica), explicar por qué lo hace y avisar a los ayudantes, pero no al Director para no matarlo del susto.
