Tema 02: Estatuto de Autonomía de Andalucía

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02T4. ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL (Título IV)

02T41. El Parlamento de Andalucía

El Parlamento de Andalucía (Arts. 100-116)

1. Composición y Elección (Art. 101)

  • Número de Diputados: El Parlamento está compuesto por un mínimo de 109 Diputados.
  • Sistema: Representación proporcional.
  • Circunscripción electoral: La provincia. Ninguna provincia puede tener más del doble de diputados que otra.
  • Mandato: 4 años.

2. Estatuto de los Diputados (Art. 101)

  • Inviolabilidad: Por las opiniones manifestadas y votos emitidos en el ejercicio de sus funciones (incluso tras cesar).
  • Inmunidad: Durante su mandato no podrán ser detenidos por actos delictivos en Andalucía, salvo flagrante delito.
  • Fuero: Su inculpación y juicio corresponden al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Fuera de Andalucía, corresponde a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

3. Funciones (Art. 106)

  • Ejercer la potestad legislativa (hacer leyes).
  • Aprobar los Presupuestos.
  • Controlar la acción del Consejo de Gobierno.
  • Elegir al Presidente de la Junta.

🧠 TIPS DEL EXPERTO PARA EL TEST

  1. Cifra exacta: Graba el número 109. Es el mínimo legal y el número actual. No son “más de 100”, son “mínimo 109”.
  2. Inmunidad “Geográfica”: La inmunidad frente a detención solo rige en territorio andaluz. Fuera de Andalucía, el diputado puede ser detenido (salvo que sea por sus opiniones).
  3. Fuero: Recuerda el orden: TSJA (dentro de Andalucía) y Tribunal Supremo (fuera de Andalucía). Nunca un juzgado de instrucción ordinario.

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