El Consejo de Gobierno (Arts. 119-125)
1. Composición
- Formado por el Presidente, los Vicepresidentes (si los hay) y los Consejeros.
2. Responsabilidad Política (Art. 124) – PREGUNTA REPETIDA
- El Consejo de Gobierno responde políticamente ante el Parlamento de forma solidaria.
- Sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada miembro por su gestión.
3. El Cese (Art. 120)
El Consejo cesa tras:
- Celebración de elecciones.
- Pérdida de confianza parlamentaria (Moción de censura o Cuestión de confianza denegada).
- Dimisión, incapacidad o fallecimiento del Presidente.
- El Consejo cesante continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo.
🧠 TIPS DEL EXPERTO PARA EL TEST
- Responsabilidad Solidaria: Esta palabra es la clave. Si el Parlamento “tumba” una gestión general, cae todo el Consejo. No obstante, cada Consejero tiene responsabilidad individual por su cartera (ej. Salud).
- El Cese: Un Consejo en funciones no puede ser objeto de una moción de censura, ya que técnicamente ya está “cesado” a la espera del relevo.
