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Tema 06: Prevención de riesgos laborales
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06T408. El Comité de Seguridad y Salud: Naturaleza, Miembros y Reuniones cuestionario
1.
06TL408. ¿A partir de cuántos trabajadores es obligatoria la constitución del Comité de Seguridad y Salud?
1
c) 50 o más trabajadores.
d) 250 trabajadores.
b) 100 o más trabajadores.
a) 30 trabajadores.
2.
06TL408. ¿Cómo se define legalmente al Comité de Seguridad y Salud?
1
b) Órgano paritario y colegiado de participación.
d) Servicio de asesoramiento externo para la gerencia.
c) Órgano unipersonal de vigilancia y control sindical.
a) Unidad técnica de gestión preventiva especializada.
3.
06TL408. ¿Qué órgano puede crearse para empresas con varios centros de trabajo dotados de Comité de Seguridad y Salud?
1
a) Un Consejo Regional de Seguridad.
c) Una Unidad de Coordinación Asistencial.
b) Un Comité Intercentros.
d) Una Junta de Seguridad Interhospitalaria.
4.
06TL408. ¿Quiénes participan en el Comité de Seguridad y Salud con voz pero sin voto?
1
d) El Inspector de Trabajo de guardia en la zona.
b) Todos los trabajadores que hayan sufrido un accidente.
a) Los Delegados Sindicales y responsables técnicos de prevención.
c) Únicamente los técnicos del Servicio de Medicina Preventiva.
5.
06TL408. ¿Cuál es la frecuencia mínima con la que debe reunirse el Comité de Seguridad y Salud?
1
a) Trimestralmente.
c) Semestralmente.
d) Anualmente.
b) Mensualmente.
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