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Tema 06: Prevención de riesgos laborales
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06T408. El Comité de Seguridad y Salud: Naturaleza, Miembros y Reuniones cuestionario
1.
06TL408. ¿Cómo se define legalmente al Comité de Seguridad y Salud?
1
b) Órgano paritario y colegiado de participación.
c) Órgano unipersonal de vigilancia y control sindical.
d) Servicio de asesoramiento externo para la gerencia.
a) Unidad técnica de gestión preventiva especializada.
2.
06TL408. ¿Qué órgano puede crearse para empresas con varios centros de trabajo dotados de Comité de Seguridad y Salud?
1
a) Un Consejo Regional de Seguridad.
c) Una Unidad de Coordinación Asistencial.
b) Un Comité Intercentros.
d) Una Junta de Seguridad Interhospitalaria.
3.
06TL408. ¿Cuál es la frecuencia mínima con la que debe reunirse el Comité de Seguridad y Salud?
1
c) Semestralmente.
d) Anualmente.
b) Mensualmente.
a) Trimestralmente.
4.
06TL408. ¿A partir de cuántos trabajadores es obligatoria la constitución del Comité de Seguridad y Salud?
1
a) 30 trabajadores.
b) 100 o más trabajadores.
d) 250 trabajadores.
c) 50 o más trabajadores.
5.
06TL408. ¿Quiénes participan en el Comité de Seguridad y Salud con voz pero sin voto?
1
c) Únicamente los técnicos del Servicio de Medicina Preventiva.
d) El Inspector de Trabajo de guardia en la zona.
a) Los Delegados Sindicales y responsables técnicos de prevención.
b) Todos los trabajadores que hayan sufrido un accidente.
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