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Tema 06: Prevención de riesgos laborales
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06T410. Colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) cuestionario
1.
06TL410. ¿A quién puede recurrir el trabajador si considera insuficientes las medidas adoptadas por el empresario?
1
a) Al Colegio Profesional de su categoría.
c) A la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
d) Al Defensor del Pueblo Andaluz.
b) Únicamente a su jefe de unidad directo.
2.
06TL410. ¿En qué caso puede el Inspector no comunicar su presencia al inicio de la visita?
1
d) Si existe un riesgo grave e inminente ya materializado.
a) Si la visita se realiza en horario nocturno.
b) Si considera que puede perjudicar el éxito de sus funciones.
c) Si el centro de trabajo tiene menos de seis trabajadores.
3.
06TL410. ¿Quién informa a los Delegados de Prevención sobre los resultados de las visitas de la Inspección?
1
b) El Jefe de Servicio del área inspeccionada.
c) La propia Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
a) La Dirección General de Personal del SAS.
d) El representante de la mutua colaboradora.
4.
06TL410. ¿Dónde extiende diligencia el Inspector de Trabajo tras su actuación en el centro?
1
d) En el registro de entrada del hospital.
b) En el tablón de anuncios de la Junta de Personal.
c) En el Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo.
a) En la memoria anual de la Unidad de Prevención.
5.
06TL410. En sus visitas, ¿a quién debe comunicar su presencia el Inspector de Trabajo con carácter general?
1
d) Al empresario, al CSS y al Delegado de Prevención.
c) Únicamente a los sindicatos firmantes del convenio.
b) Exclusivamente al Director Gerente del hospital.
a) Al juzgado de guardia de la localidad.
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