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Tema 08: Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud
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08T0104. Aplicación supletoria de la normativa de función pública. cuestionario
1.
08t0104. ¿Cómo se define la aplicación del TREBEP en la negociación colectiva estatutaria?
1
d) Solo para el personal laboral.
c) Con las peculiaridades que establece la propia Ley 55/2003.
b) Como norma preferente sobre la Ley 55/2003.
a) De forma íntegra sin excepciones.
2.
08t0104. ¿A qué personal se aplica el Estatuto Marco por razones de transferencias del Insalud?
1
d) Al personal jubilado del antiguo Insalud.
b) Al personal sanitario funcionario y laboral en centros gestionados por CC.AA. para acoger recursos transferidos.
a) A todo el personal de empresas privadas.
c) Solo al personal directivo.
3.
08t0104. ¿Qué debe traer en su «mochila» un personal laboral para entrar en el ámbito del Estatuto Marco?
1
d) Un contrato indefinido.
b) Un permiso especial en su convenio colectivo o normativa que lo autorice.
c) Una recomendación del Ministerio de Sanidad.
a) Una titulación universitaria obligatoriamente.
4.
08t0104. En lo no previsto en la Ley 55/2003, ¿qué se aplica al personal estatutario?
1
c) Los principios generales sobre función pública de la Administración correspondiente.
a) Las normas de los servicios de salud extranjeros.
d) Las leyes de seguridad social.
b) El convenio colectivo del personal de limpieza.
5.
08t0104. ¿Qué norma general resulta de aplicación en materia de negociación colectiva para el personal estatutario?
1
b) El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).
c) La Ley de Libertad Sindical exclusivamente.
a) El Estatuto de los Trabajadores.
d) El Reglamento General de Negociación de la CC.AA.
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