Saltar al contenido
Tema 09: Autonomía del paciente
0 de 67 lecciones completas (0%)
Salir del curso
Volver a la lección
09T0202. Derecho a la Información Epidemiológica (Art. 6) cuestionario
1.
09t0202. ¿Qué requisitos debe cumplir la difusión de información epidemiológica?
1
c) Ser aprobada por el Consejo de Ministros.
a) Ser técnica, compleja y restringida.
d) Publicarse solo en el BOE.
b) Verdadera, comprensible y adecuada para la protección de la salud.
2.
09t0202. ¿Cuál es la regla general para el acceso a la historia clínica con fines epidemiológicos?
1
c) Solo pueden acceder los familiares vinculados.
a) Acceso libre a todos los datos.
d) El acceso está prohibido en cualquier caso.
b) Obligación de preservar los datos de identificación personal (anonimato).
3.
09t0202. ¿Quién debe realizar el acceso a datos identificativos en casos de riesgo grave para la población?
1
b) Cualquier funcionario de la administración pública.
d) El personal de limpieza y mantenimiento.
c) Los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad.
a) Un profesional sanitario sujeto al secreto profesional.
4.
09t0202. ¿En qué circunstancia surge el derecho a la información epidemiológica?
1
c) Solo durante estados de alarma nacional.
b) Siempre que se publique un estudio en una revista científica.
d) Cuando el paciente lo solicite para su historial.
a) Cuando haya riesgos para la salud pública o individual del paciente.
5.
09t0202. ¿Qué norma rige el acceso excepcional de las administraciones a datos identificativos por salud pública?
1
c) Ley 33/2011, General de Salud Pública.
a) Ley de Autonomía del Paciente.
b) Código Penal.
d) Estatuto Marco.
Scroll al inicio