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Tema 09: Autonomía del paciente
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09T0412. Límites al Derecho de Acceso: Terceras Personas y Anotaciones Subjetivas cuestionario
1.
09t0412. Si un tercero solicita acceso por riesgo propio para su salud a la historia de un fallecido, ¿qué recibe?
1
b) Solo los datos administrativos de filiación.
a) Una copia íntegra de la historia clínica.
d) Un resumen redactado por el director del centro.
c) Exclusivamente los datos pertinentes para dicho riesgo.
2.
09t0412. ¿Qué son las anotaciones subjetivas según el artículo 18 de la Ley 41/2002?
1
d) Las facturas administrativas del centro.
c) El historial de vacunas del paciente.
a) Los resultados de las pruebas diagnósticas.
b) Valoraciones personales del profesional que no forman parte de los datos objetivos.
3.
09t0412. ¿Qué obligación tiene el centro sanitario antes de facilitar una copia de la historia al paciente?
1
b) Cobrar obligatoriamente por el papel utilizado.
a) Realizar un filtrado previo para ocultar anotaciones subjetivas y datos de terceros.
c) Pedir autorización al Ministerio de Sanidad.
d) Traducir el contenido a lenguaje no técnico.
4.
09t0412. ¿Cuál es el límite específico respecto a los datos de terceras personas en la historia clínica?
1
c) Solo se ocultan si el tercero es un profesional sanitario.
b) No pueden perjudicar el derecho de terceros a la confidencialidad de sus datos.
d) Desaparecen automáticamente a los 5 años del alta.
a) Se pueden ver si el paciente firma una declaración jurada.
5.
09t0412. Ante el fallecimiento de un paciente, ¿cuándo se prohíbe el acceso de terceros a su historia clínica?
1
a) Siempre que lo solicite un familiar de segundo grado.
c) Si el fallecido lo hubiese prohibido expresamente y se acredite de forma fehaciente.
b) Cuando no se pague la tasa de copia correspondiente.
d) Únicamente si el paciente murió por causas naturales.
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